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DESEQUILIBRIO INFORMATIVO Y DEBERES DE INFORMACIÓN. DIVULGACIÓN O SILENCIO.

EL CASO LAIDLAW VS. ORGAN.-

 

La batalla de Nueva Orleans entre los Estados Unidos y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda, fue la mayor batalla de la guerra anglo-estadounidense de 1812-1815. Entonces Nueva Orleans era el principal puerto comercial del sur de Estados Unidos.

 

A finales de 1814 una flota británica de más de 50 barcos enviada por el general Edward Pakenham, navegó al interior del golfo de México y se preparó para atacar Nueva Orleans. Las  tropas americanas se atrincheraron eficazmente detrás de las fortificaciones. Guiadas por el general Andrew Jackson, héroe militar, posterior presidente y fundador del partido demócrata americano.

 

El 18 de febrero de 1815, el puerto continuaba bloqueado por las fuerzas británicas –que habían fracasado en su asalto terrestre el día 8 de enero de 1815-, pero mantenían una clara hegemonía en el mar. La ciudad estaba repleta de mercaderías sin salida.

 

En tales circunstancias un comerciante, llamado Organ, negociaba la compra de 111 fardos de tabaco con el representante de un productor, llamado Laidlaw. Sin poder ponerse de acuerdo en el precio.

 

La tarde de aquel 18 de febrero tres militares de Nueva Orleans que habían estado de “parlamento” en una nave británica -uno de ellos hermano y socio  participativo en 1/3 de los negocios de Organ- volvieron con noticias de que los británicos habían recibido órdenes de levantar el bloqueo por el Tratado de Gante. Firmado en diciembre.

 

Organ informado privilegiadamente, se apresuró a reanudar la negociación con Laidlaw. Y pronto lograron un acuerdo. Cuando al día siguiente se anunció públicamente el levantamiento del bloqueo y el precio del tabaco subió -entre un 30 y un 50%-, Laidlaw se negó a entregar la mercancía ya vendida. Organ le demandó ante los Tribunales.

 

La Corte Suprema americana dictó sentencia, redactada por el célebre Juez Marshall, afirmando que el comprador no tiene obligación de revelar información extrínseca al contrato cuando los medios para conseguirla son igualmente accesibles a ambas partes. Aplicando así el principio de “caveat emptor”. Pero exigió que el Tribunal de instancia aclarara si Organ había dado a Laidlaw respuestas engañosas que entrañaran "fraudulent silence”.

 

El caso Laidlaw vs. Organ sigue suscitando controversia entre los juristas americanos. No es nada nuevo. Desde la antigüedad, los estudiosos del Derecho han debatido sobre cuándo y qué parte contratante deberá informar a su contraparte, incluso en ausencia de declaraciones engañosas explícitas.

 

UNA MUY VIEJA CONTROVERSIA LEGAL Y JUDICIAL.-

 

En de officiis, Cicerón construye un hipotético caso en el que un comerciante marítimo va a Rodas desde Alejandría con un cargamento de maíz durante el tiempo de una gran hambruna en la isla.

 

El comerciante sabe que otros barcos han zarpado de Alejandría a Rodas con suficiente maíz para aliviar la hambruna y que llegarán dentro de poco. En un diálogo imaginario, el estoico filósofo Antípatro y Diógenes debaten si el comerciante debe estar obligado a revelar todo lo que sabe o no:

 

"Sabiendo él mismo y habiendo también visto las naves cargadas de trigo para Rodas. ¿Les dirá esto a los rodios o venderá su maíz al más alto precio que pueda?".

 

En 1761, en su tratado de las obligaciones, el jurista francés Pothier está de acuerdo con la conclusión de Cicerón: el comerciante debe revelar su información secreta. Pero reconoce, igualmente, que la mayoría de juristas y filósofos han venido considerado las ganancias del comerciante silente no un enriquecimiento injusto; sino una justa recompensa por la diligencia que le permitió llegar el primero, y por el riesgo que corrió de perder la mercancía por su rápida navegación.

 

LA DOCTRINA AMERICANA Y EL ESTUDIO DE 2005 DE KIMBERLY KRAWIEC Y KATHRYN ZEILER.-

 

Esta fascinación por la desigualdad de acceso a la información ha culminado en una serie de análisis e informes con respecto a los factores que impulsan a los tribunales norteamericanos para imponer deberes de información a las partes. Así entre otros los profesores Keeton, Scheppele, Kimberly, Krawiec, Anthony Kronman, Donald Langevoort se han dedicado al tema en mayor o menor medida.

 

En 2005 dos juristas americanos, Kimberly Krawiec y Kathryn Zeiler, analizaron la jurisprudencia americana sobre la obligación de informar entre contratantes.  Dicho trabajo represento el primer intento de probar una serie de teorías y afirmaciones utilizando el análisis estadístico y singularizado de 466 decisiones de casos. Casos que abarcan una amplia gama de jurisdicciones americanas y más de 200 años de Historia.

 

Sus datos  sistematizados apoyan la afirmación de que los tribunales norteamericanos son más propensos a requerir la divulgación de información latente, a diferencia de la información patente o de defectos. Que además, los tribunales americanos son muy propensos a requerir la divulgación completa de información entre las partes cuando concurre una relación fiduciaria o de confianza entre las partes.

 

Que los tribunales norteamericanos no son más propensos a imponer derechos de divulgación cuando la información se adquiere casualmente, a diferencia de la adquirida deliberadamente. O al menos no de forma significativa. Y que la desigualdad de acceso a la información por las partes contratantes no es un factor significativo que impulse a los tribunales norteamericanos a exigir la divulgación.

 

Sin embargo, cuando desigualdad de acceso a la información e información obtenida casualmente, se dan en un mismo caso simultáneamente los tribunales americanos son significativamente más propensos a forzar la divulgación de información. Imponiendo un especial deber de diligencia en hacerlo.

 

 

CONCLUSIÓN.-

 

De la lectura de los análisis y estudios anteriores, entre otros, se destaca, en mi opinión:

 

Que la desigualdad de acceso a la información entre las partes no es una causa legal "per se" que obligue a su divulgación. Sea la información adquirida por una de las partes exclusivamente de origen casual, (oír una noticia sobre urbanismo en la radio), o deliberadamente, (realizar un estudio geofísico de una finca). Legalmente o extracontractualmente. O por experiencia, opinión o conocimiento.

 

Dicha regla general quiebra judicialmente si se dan dos o más de estas circunstancias: 1) si hay desigualdad estructural de acceso al conocimiento o no (banco versus consumidor); 2) si la información es adquirida casualmente o deliberadamente; 3) si hay obligación de actualizar la información o no (profesional versus consumidor); 4) si se trata de un defecto latente (defecto disimulable u oculto)  o patente (defecto evidente); 5) si la información se obtuvo ilegal (información privilegiada) o legalmente; 6) si hay relación fiduciaria o de confianza entre las partes (asesor profesional versus cliente) o no (desconocidos sin relación personal o profesional previa); 7)  en menor  medida del tipo u objeto de la prestación (seguros, alquileres, compraventa, fianza, …) 8)  del comportamiento de la parte informada (medias verdades, silencioso reticente); 9) de las condiciones de la parte no informada (edad, salud, profesión, formación académica, situación…).

 

 

Autor: Jose Ramón Galindo Clares. Abogado en ejercicio del ICAGR.

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